Estado de excepción: ¿pueden policías y militares entrar a una casa sin orden judicial?
El Decreto Ejecutivo 498 suspendió temporalmente la inviolabilidad del domicilio en las localidades donde rige el nuevo estado de excepción.
La seguridad ciudadana es una prioridad para Guayaquil y sus cantones, pero también lo es el respeto a los derechos fundamentales de los habitantes. En este contexto, surge una interrogante clave: ¿qué ocurre con la inviolabilidad del domicilio cuando se declara un estado de excepción?
Según el Decreto Ejecutivo 498, se suspendió temporalmente el derecho a la inviolabilidad de domicilio en las localidades donde rige el nuevo estado de excepción. Esto significa que, en esas áreas específicas, las autoridades pueden ingresar a una vivienda sin necesidad de contar con una orden judicial previa.
Es importante destacar que esta medida es temporal y se aplica únicamente en las zonas donde está vigente el estado de excepción. El objetivo es fortalecer la seguridad y combatir la delincuencia, pero siempre dentro del marco legal establecido, según informamos en Autoridades exigen coordinación y límites claros en la lucha antidelictiva para .
Para los guayaquileños, entender estos cambios normativos es fundamental para conocer sus derechos y deberes en situaciones de emergencia. La transparencia y la claridad en la información son esenciales para mantener la confianza en las instituciones y garantizar el orden público.